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Prohibición de vapeadores en México: qué dice la ley 2026

La prohibición de vapeadores en México descansa en dos normas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La primera es una reforma de la Constitución, publicada el 17 de enero de 2025 y en vigor desde el día siguiente. La segunda es una reforma de la Ley General de Salud, publicada el 15 de enero de 2026 y en vigor desde el 16 de enero de 2026, que concreta qué se prohíbe y qué penas corresponden. Aquí tienes qué dice cada una, con sus fechas y su texto.

Respuesta rápida: la Constitución prohíbe el comercio de vapeadores desde enero de 2025, y la Ley General de Salud lo concreta desde el 16 de enero de 2026: prohíbe producirlos, importarlos, venderlos o anunciarlos, con penas de uno a ocho años de prisión. La misma ley exceptúa su consumo y posesión sin fines comerciales.

Qué dice la prohibición de vapeadores en México

El decreto constitucional publicado en el DOF añade un párrafo quinto al artículo 4.º y un párrafo segundo al artículo 5.º de la Constitución, «en materia de protección a la salud». Estas son las dos frases clave, tal como aparecen en el texto oficial:

  • Artículo 4.º: «Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley». La misma frase incluye la producción, distribución y venta de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y otras drogas sintéticas no autorizadas.
  • Artículo 5.º: «Queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior».

En lenguaje llano: la Constitución prohíbe dedicarse al comercio y a la industria de los vapeadores y manda a la ley a sancionar las actividades relacionadas con ellos. El texto constitucional no fija penas ni lista los dispositivos: deja ese trabajo a «la ley».

Esa ley llegó un año después. La reforma de la Ley General de Salud de enero de 2026 añadió un capítulo propio sobre «cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos», con la prohibición detallada, la excepción para el consumo y la posesión personales y un nuevo delito con pena de prisión. Lo explicamos más abajo.

Desde cuándo está en vigor: 2025 y 2026

Las dos normas entran en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF, según sus propios artículos transitorios. Por eso verás dos fechas en las noticias: el 18 de enero de 2025 para la reforma constitucional y el 16 de enero de 2026 para la reforma de la Ley General de Salud. Expansión contó la primera el mismo día de su publicación: el decreto «mañana entra en vigor».

Calendario de la prohibición de vapeadores según el DOF
Fecha Qué ocurrió
8 de enero de 2025 La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobada la reforma constitucional.
17 de enero de 2025 Publicación de la reforma constitucional en el DOF (firmada por el Ejecutivo el 16 de enero).
18 de enero de 2025 Entrada en vigor de la reforma constitucional. Desde ese día, el Congreso tenía 180 días para armonizar las leyes y los estados, 365 días naturales desde la publicación.
10 de diciembre de 2025 Fecha del decreto del Congreso de la Unión que reforma la Ley General de Salud.
15 de enero de 2026 Publicación de la reforma de la Ley General de Salud en el DOF (firmada por el Ejecutivo el 13 de enero).
16 de enero de 2026 Entrada en vigor de la prohibición detallada y de las penas de la Ley General de Salud.

La reforma constitucional también deroga las disposiciones de leyes secundarias, reglamentos y acuerdos que se opongan a su contenido. Si has leído en algún medio que la prohibición «entró en vigor el 16 de enero de 2026», esa fecha corresponde a la reforma de la Ley General de Salud, no a la constitucional.

Cómo se aprobaron las dos reformas

Una reforma constitucional necesita más que una ley ordinaria. El propio decreto explica el procedimiento: la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, «en uso de la facultad que le confiere el artículo 135» de la Constitución y «previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México», declara adicionados los dos párrafos. El texto está fechado en la Ciudad de México el 8 de enero de 2025, y fija que los gastos que genere se harán con cargo a los presupuestos ya aprobados, sin recursos adicionales.

La reforma de la Ley General de Salud siguió el camino de una ley federal: es un decreto del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, firmado el 10 de diciembre de 2025 por las presidencias de la Cámara de Diputados y del Senado, y promulgado por la presidenta Claudia Sheinbaum el 13 de enero de 2026. Es una reforma amplia de la ley sanitaria: además de los vapeadores, toca otros asuntos como la contratación de medicamentos o la salud digital.

Qué prohíbe la Ley General de Salud desde 2026

El decreto publicado en el DOF el 15 de enero de 2026 añade a la Ley General de Salud el capítulo XII Ter, con tres artículos dedicados a los vapeadores:

  • Artículo 282 Ter (definición): considera cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos «todo aparato o sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología» que se use para calentar, vaporizar o atomizar sustancias para inhalarlas, «con o sin nicotina».
  • Artículo 282 Quater (prohibición): prohíbe «en todo el territorio nacional» la adquisición con fines de comercialización, la producción, la fabricación, el transporte con fines comerciales, el almacenamiento, la importación, la exportación, la distribución, la venta y el suministro de estos dispositivos, «incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso». También prohíbe su publicidad y propaganda en cualquier medio, impreso, digital, de televisión o de radio.
  • Artículo 282 Quinquies (control): la autoridad sanitaria puede hacer verificaciones, aplicar medidas de seguridad y disponer de los dispositivos.

Uno de los artículos transitorios añade otra consecuencia: las autorizaciones sanitarias relacionadas con vapeadores concedidas antes de la reforma «quedarán sin efectos», y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) debe notificar a sus titulares para que cesen esas actividades de inmediato.

Si quieres saber cuánta nicotina puede llevar un dispositivo, lee nuestro resumen sobre cuánta nicotina tiene un vaper.

Qué sanciones fija la ley

La reforma de 2026 crea el artículo 456 Bis de la Ley General de Salud. Su texto dice que a quien realice «por cualquier medio» alguna de las conductas prohibidas en el artículo 282 Quater «se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización».

Qué prohíbe y qué permite la Ley General de Salud (reforma de 2026)
Conducta Qué dice la ley
Producir, fabricar, importar o exportar Prohibido (artículo 282 Quater). Pena de uno a ocho años de prisión y multa (artículo 456 Bis).
Comprar para revender, almacenar o transportar con fines comerciales Prohibido, con la misma pena.
Vender, distribuir o suministrar Prohibido, con la misma pena.
Publicidad o propaganda Prohibida en cualquier medio.
Consumo y posesión sin fines comerciales Exceptuados de la prohibición (artículo 282 Quater, segundo párrafo).

La ley expresa la multa en Unidades de Medida y Actualización y no en pesos, así que no damos una cifra en moneda. La reforma constitucional, por su parte, no menciona el tabaco convencional: se refiere a «cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos», además de sustancias tóxicas y drogas sintéticas.

Línea de tiempo con tres marcadores sobre un escritorio junto a un documento con sello y una planta
La Constitución fijó el mandato en 2025 y la Ley General de Salud, las sanciones en 2026.

¿Es delito vapear en México?

Esto es lo que dice el texto de la ley, sin interpretaciones: el artículo 282 Quater establece que «se exceptúa de la prohibición, su consumo y posesión cuando no se destine a las actividades o fines señalados» en su primer párrafo, es decir, a la producción, el comercio, la importación o el resto de actividades comerciales. La pena de prisión del artículo 456 Bis se refiere a esas conductas prohibidas.

Dicho de otra forma, la ley federal no prohíbe el consumo ni la posesión de un vapeador cuando no tienen fines comerciales. Lo que sí castiga es cualquier eslabón del negocio: fabricar, traer del extranjero, almacenar, transportar para vender, vender, suministrar o anunciar.

Dos precauciones. La primera: esta página no es asesoría jurídica, y qué cuenta como «fines comerciales» en un caso concreto lo deciden las autoridades y los jueces. La segunda: la Constitución pidió a los congresos de los estados que adecuaran sus normas, y esta página no analiza las 32 legislaciones locales. Si tienes una duda concreta, consulta a un abogado o a la autoridad sanitaria de tu entidad.

Qué cambia para quien vapea

Lo que establece con claridad la ley es que el comercio de vapeadores queda prohibido y castigado con prisión: producir, importar, vender o anunciar. Para quien ya vapea, lo que señalan los críticos es que conseguir los productos podría volverse más difícil o desplazarse a canales sin control.

Expansión recoge que «expertos han alertado que apostar por la prohibición, y no por la regulación, conlleva problemas como el no cobro de impuestos y el posible aumento del mercado negro». El gobierno federal, por su parte, ha recalcado que los vapeadores son dispositivos altamente dañinos para la salud porque contienen más de 30 sustancias tóxicas, según la misma nota. Son dos posturas sobre una medida reciente, y todavía no hay datos oficiales sobre sus efectos reales.

Si quieres entender cuánto daño hacen, tienes dos lecturas: si es peor vapear que fumar y los efectos del vapeo en los pulmones.

Cuánta gente vapea en México

La última cifra nacional que recoge la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en su informe de perfiles de país de 2025 procede de la Encuesta Mundial sobre Tabaquismo en Adultos (GATS) de 2023: el 2,1 % de las personas de 15 años o más usa cigarrillo electrónico actualmente. En el mismo informe, el 15,6 % consume tabaco.

La cifra más reciente de jóvenes que aparece en la ficha de México es de 2011 y recoge consumo de tabaco, así que no sirve para saber cuántos adolescentes vapean hoy. Para comparar con el resto de países de la región, consulta nuestro resumen del tabaquismo en Latinoamérica, y para la situación de los menores en España y la región, el análisis de tabaquismo en jóvenes.

Si quieres dejar de vapear

La prohibición se refiere al comercio, pero si vapeas y quieres dejarlo, la ley no es lo importante: lo es tener un plan. Estos artículos te ayudan:

Habla también con un profesional de salud de tu centro de atención. No hemos encontrado en una página oficial de gob.mx un teléfono gratuito específico para dejar de fumar en México, así que no publicamos ninguno.

Persona conversando con una profesional de salud en una consulta luminosa
Hablar con un profesional de salud es un buen primer paso para dejarlo.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo están prohibidos los vapeadores en México?

La reforma constitucional se publicó en el DOF el 17 de enero de 2025 y entró en vigor el día siguiente. La reforma de la Ley General de Salud, que detalla la prohibición y fija las penas, se publicó el 15 de enero de 2026 y rige desde el 16 de enero de 2026 (Diario Oficial de la Federación).

¿Qué artículos de la Constitución prohíben los vapeadores?

El decreto añade un párrafo quinto al artículo 4.º y un párrafo segundo al artículo 5.º. El 4.º dice que la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos y vapeadores; el 5.º prohíbe la profesión, industria, comercio y trabajo de esas actividades (Diario Oficial de la Federación, 17 de enero de 2025).

¿Es ilegal usar un vapeador en México?

La Ley General de Salud prohíbe producir, importar, vender, distribuir y anunciar vapeadores, pero su artículo 282 Quater exceptúa de la prohibición el consumo y la posesión cuando no se destinan a fines comerciales. Esta respuesta no es asesoría jurídica; ante una duda concreta, consulta a un abogado (Diario Oficial de la Federación, 15 de enero de 2026).

¿Qué pena hay por vender vapeadores en México?

El artículo 456 Bis de la Ley General de Salud castiga las conductas prohibidas, como producir, importar, almacenar o vender vapeadores, con uno a ocho años de prisión y una multa de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (Diario Oficial de la Federación, 15 de enero de 2026).

¿Qué plazos fijó la reforma constitucional para armonizar las leyes?

El decreto da 180 días al Congreso de la Unión, contados desde la entrada en vigor, para armonizar el marco jurídico, y 365 días naturales desde la publicación a las legislaturas de las entidades federativas. También deroga lo que se oponga a su contenido (Diario Oficial de la Federación, 17 de enero de 2025).

¿Cuántos mexicanos usan cigarrillo electrónico?

Según la Encuesta Mundial sobre Tabaquismo en Adultos de 2023, que recoge la OPS, el 2,1 % de las personas de 15 años o más usa cigarrillo electrónico actualmente, y el 15,6 % consume tabaco. Es un dato de adultos, no de adolescentes (OPS, informe sobre el control del tabaco en las Américas 2025).

¿Qué critican los expertos de la prohibición de vapeadores?

Expansión recoge que expertos alertan de que apostar por la prohibición y no por la regulación conlleva problemas, como el no cobro de impuestos y un posible aumento del mercado negro. El gobierno federal defiende que los vapeadores contienen más de 30 sustancias tóxicas (Expansión, 17 de enero de 2025).

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